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5 julio 2024
08:09 CET
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Abierto el plazo para arrendar naves industriales y locales del Ayuntamiento de Cuevas del Becerro

Polígono Industrial de Cuevas del Becerro (mayo 2024)
Polígono Industrial de Cuevas del Becerro
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El Polígono Industrial de Cueva del Becerro ya es toda una realidad con cuatro espacios habilitados para implantación de proyectos empresariales que quieran trasladarse hasta este punto del municipio. En concreto, la zona cuenta con dos naves industriales de 325 y casi 150 metros cuadrados de superficie construida, y otros dos locales de unos 83 y casi 103 metros cuadrados. Y en todos ellos está abierto el plazo para poder presentar al Ayuntamiento las solicitudes para su arrendamiento, que se adjudicará por subasta pública.

Empresarios y emprendedores interesados en establecerse en el Polígono Industrial tienen hasta el próximo 16 de junio para presentar sus propuestas al Ayuntamiento. Estas no deberán ser inferiores a la cantidades establecidas en el pliego de condiciones de prescripciones técnicas, publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público: 3.464,04 euros en el caso la nave 1, 1.411,65 euros en el de la nave 2, 1.041,36 euros por el local 1 y 870,07 en el caso del local 2.

En su valoración, el Consistorio de Cuevas del Becerro tendrá en cuenta el mejor precio ofertado, así como otras características relativas al tipo de actividad económica o de la empresa, como pueda ser un negocio de nueva creación o de economía social. También cuestiones que afectan a la persona promotora de la empresa: ser desempleado de larga duración por tiempo superior a 3 años, ser menor de 35 años o mayor de 45 años, contar con un grado de discapacidad igual o superior a 33%, ser mujer -o que la empresa tenga mayoría social de mujeres-, ser una persona con menores de edad a su cargo.

La duración del arrendamiento será de 5 años para las naves 1 y 2 y de 4 años para los locales 1 y 2, en ambos casos a contar desde el día siguiente a la suscripción del contrato.  Llegado el vencimiento se podrá prorrogar este alquiler por el mismo periodo, aunque para hacer efectiva esta medida se requiere del acuerdo expreso de ambas partes. 

Una vez adjudicadas las naves y los locales, los licitadores podrán solicitar un período de carencia de hasta tres 3 meses en el abono de la renta mensual. “En este caso, el importe de la renta correspondiente a los meses de carencia se prorrateará entre las rentas de los 9 meses siguientes, de manera que una vez transcurridos los 12 meses desde la firma del contrato, el arrendatario abonará la renta mensual por la que se adjudicó el contrato”, según explica en los pliegos.

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