Hasta el próximo 15 de julio estará abierto el plazo para solicitar las nuevas ayudas destinadas a empresas y autónomos para hacer frente al endeudamiento que han generado durante la pandemia del coronavirus. Más de 200 tipos diferentes de actividades económicas –recogidas en el Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio-, pueden acogerse a esta línea, que otorgará subvenciones entre 3.000 y 200.000 euros.
Estas ayudas son finalistas, por lo que deberán ser justificadas los beneficiarios y destinarse a satisfacer deudas y pagos a proveedores y acreedores, tanto financieros como no financieros, así como costes fijos (de contratos previos al 13 de marzo de 2021) siempre que se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y se encuentren pendientes de pago a 1 de junio de 2021.
Entre los requisitos exigibles para optar a estas subvenciones, además de tener domicilio fiscal en Andalucía, las empresas y autónomos han tenido que declarar pérdidas en 2019 y sus operaciones interiores por IVA tuvieron que disminuir en más de un 30% en el año 2020 con respecto a 2019. También mantener la actividad económica, al menos, hasta el 30 de junio de 2022, no repartir dividendos durante 2021 y 2022 y no aprobar incrementos de las retribuciones de la alta dirección durante dos años desde la concesión de la subvención.
La presentación de solicitudes y de la documentación que debe acompañarse se realizará exclusivamente por medios electrónicos a través de la Oficina Virtual de la Agencia Digital de Andalucía. Y se hará en dos fases. En la primera, con la cumplimentación de un formulario previo, se autoriza a la Junta de Andalucía y la Agencia Tributaria a consultar los datos fiscales de la entidad para el cálculo automático de la subvención aplicable en caso de cumplir los requisitos. Y en la segunda, en los diez días siguientes a su notificación, el potencial beneficiario deberá presentar un segundo formulario que da inicio al procedimiento administrativo de concesión.