Desde este miércoles está abierto el plazo para solicitar las dos nuevas líneas de subvenciones destinadas a mitigar los efectos de la crisis económica derivada de la pandemia del coronavirus, para autónomos y pymes tanto para los sectores del comercio minorista y la artesanía como de la hostelería.
Estas nuevas ayudas son 3.000 euros, o de 2.000 euros en el caso de que ya fueran negocios beneficiarios de la anterior línea de 1.000 euros puesta en marcha en el pasado otoño, y se concederán en régimen de concurrencia no competitiva. Es decir, por orden de presentación de la solicitud hasta el agotar del crédito asignado: 79,2 millones de euros para el comercio minorista y artesanía y 53,2 millones para la hostelería.
La cuantía recibida podrá destinarse al pago de diferentes gastos: materias primas y otros productos para manufacturas y existencias; alquileres; suministros tales como agua, electricidad, telefonía y gas; gastos de personal, incluyendo tanto gastos salariales como de Seguridad Social; seguros de daños y responsabilidad civil; limpieza; mantenimiento y reparación de vehículos afectos a la actividad; seguridad, y asesoría fiscal, laboral y contable.
Podrá solicitar estas subvenciones los negocios de hasta 74 actividades económicas encuadradas en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondientes a los sectores de comercio y restauración recogido en el Decreto-ley que regula las ayudas. En el caso de las pequeñas y medianas empresas artesanas, deberán estar inscritas en el Registro de Artesanos de Andalucía.
Entre los requisitos establecidos para poder optar estas subvenciones está la de contar con el domicilio fiscal en Andalucía, desarrollar la actividad con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y mantenerla vigente hasta que se presente la solicitud. Asimismo, las pymes tendrán que acreditar una caída de ventas o ingresos motivada por la pandemia de al menos un 20% en 2020 respecto a 2019 y demostrar que no se encontraban en situación de crisis a 31 de diciembre de 2019.
Hasta el próximo 6 de mayo, a las 23:59 horas hay de plazo para presentar las solicitudes, cuyo formulario se deberá entregar de forma telemática: está disponible en la oficina virtual de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades o a través del catálogo de procedimientos administrativos.
LISTADO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS SUBVENCIONABLES EN EL SECTOR DEL COMERCIO
651 | COMERCIO AL POR MENOR PRODUCTOS TEXTILES, CONFECCIÓN DE CALZADO, PIEL Y CUERO | |
651 | 651.1 | COMERCIO AL POR MENOR PRODUCTOS TEXTILES PARA EL HOGAR |
651 | 651.2 | COMERCIO AL POR MENOR PRENDAS DE VESTIR Y TOCADO |
651 | 651.3 | COMERCIO AL POR MENOR LENCERÍA Y CORSETERÍA |
651 | 651.4 | COMERCIO AL POR MENOR MERCERÍA Y PAQUETERÍA |
651 | 651.5 | COMERCIO AL POR MENOR PRENDAS ESPECIALES |
651 | 651.6 | COMERCIO AL POR MENOR CALZADO Y COMPLEMENTOS PIEL |
651 | 651.7 | COMERCIO AL POR MENOR CONFECCIONES DE PELETERÍA |
652 | COMERCIO AL POR MENOR DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS DE FARMACIA Y HERBOLARIOS | |
652 | 652.1 | COMERCIO AL POR MENOR EN FARMACIAS |
652 | 652.2 | COMERCIO AL POR MENOR PRODUCTOS DE DROGUERÍA, PERFUMERÍA |
652 | 652.3 | COMERCIO AL POR MENOR PRODUCTOS PERFUMERÍA Y COSMÉTICA Y DE ARTÍCULOS PARA LA HIGIENE Y EL ASEO PERSONAL |
652 | 652.4 | COMERCIO AL POR MENOR PLANTAS Y HIERBAS EN HERBOLARIOS |
653 | COMERCIO AL POR MENOR ARTÍCULOS PARA EL EQUIPAMIENTO DEL HOGAR Y LA CONSTRUCCIÓN | |
653 | 653.1 | COMERCIO AL POR MENOR MUEBLES (EXCEPTO OFICINA) |
653 | 653.2 | COMERCIO AL POR MENOR APARATOS DE USO DOMÉSTICO |
653 | 653.3 | COMERCIO AL POR MENOR ARTÍCULO DE MENAJE, FERRETERÍA, ADORNO |
653 | 653.4 | COMERCIO AL POR MENOR MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN |
653 | 653.5 | COMERCIO AL POR MENOR PUERTAS, VENTANAS Y PERSIANAS |
653 | 653.6 | COMERCIO AL POR MENOR ARTÍCULOS DE BRICOLAJE |
653 | 653.9 | COMERCIO AL POR MENOR ARTÍCULOS DE HOGAR NCOP |
654 | COMERCIO VEHÍCULOS, AERONAVES, EMBARCACIONES, ACCESORIOS, RECAMBIOS | |
654 | 654.2 | COMERCIO AL POR MENOR ACCESORIOS Y RECAMBIOS VEHÍCULOS |
654 | 654.5 | COMERCIO AL POR MENOR DE TODA CLASE DE MAQUINARIA |
654 | 654.6 | COMERCIO AL POR MENOR CUBIERTAS, BANDAS Y CÁMARAS AIRE |
655 | COMERCIO COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBRICANTES | |
655 | 655.1 | COMERCIO AL POR MENOR COMBUSTIBLES TODAS CLASES |
655 | 655.2 | COMERCIO AL POR MENOR GASES COMBUSTIBLES |
655 | 655.3 | COMERCIO AL POR MENOR CARBURANTES Y ACEITES VEHÍCULOS |
656 | COMERCIO AL POR MENOR DE BIENES USADOS MUEBLES PRENDAS Y ENSERES USO DOMÉSTICO | |
657 | COMERCIO AL POR MENOR INSTRUMENTOS MUSICALES Y ACCESORIOS | |
659 | OTRO COMERCIO AL POR MENOR | |
659 | 659.1 | COMERCIO AL POR MENOR SELLOS, MONEDAS, MEDALLAS, COLECCIONES |
659 | 659.2 | COMERCIO AL POR MENOR MUEBLES Y MÁQUINAS DE OFICINA |
659 | 659.3 | COMERCIO AL POR MENOR APARATOS MÉDICOS, ORTOPÉDICOS |
659 | 659.4 | COMERCIO AL POR MENOR LIBROS, PERIÓDICOS, REVISTAS. |
659 | 659.5 | COMERCIO AL POR MENOR ARTÍCULOS JOYERÍA, RELOJERÍA, PLATERÍA Y BISUTERÍA |
659 | 659.6 | COMERCIO AL POR MENOR JUGUETES, ARTÍCULOS DEPORTE, ARMAS, CARTUCHERÍA Y PIROTECNIA. |
659 | 659.7 | COMERCIO AL POR MENOR SEMILLAS, ABONOS, FLORES, PLANTAS |
659 | 659.8 | COMERCIO AL POR MENOR «SEX-SHOP» |
659 | 659.9 | COMERCIO AL POR MENOR OTROS PRODUCTOS, EXCEPTO LOS CLASIFICADOS EN EL 653.9 |
663 | COMERCIO FUERA DE UN ESTABLECIMIENTO (AMBULANCIA, MERCADILLOS Y MERCADOS OCASIONALES Y PERIÓDICOS) | |
663 | 663.1 | COMERCIO AL POR MENOR DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS SIN ESTABLECIMIENTO |
663 | 663.2 | COMERCIO AL POR MENOR DE TEXTILES Y CONFECCIONES SIN ESTABLECIMIENTO |
663 | 663.3 | COMERCIO AL POR MENOR DE CALZADO SIN ESTABLECIMIENTO |
663 | 663.4 | COMERCIO AL POR MENOR DROGUERÍA SIN ESTABLECIMIENTO |
663 | 663.9 | COMERCIO AL POR MENOR OTRAS MERCANCÍAS SIN ESTABLECIMIENTO |
665 | COMERCIO AL POR MENOR POR CORREO O CATÁLOGO |
LISTADO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS SUBVENCIONABLES EN EL SECTOR DE LA HOSTELERÍA
671 | SERVICIOS EN RESTAURANTES | |
671 | 671.1 | DE CINCO TENEDORES |
671 | 671.2 | DE CUATRO TENEDORES |
671 | 671.3 | DE TRES TENEDORES |
671 | 671.4 | DE DOS TENEDORES |
671 | 671.5 | DE UN TENEDOR |
672 | SERVICIOS EN CAFETERÍAS | |
672 | 672.1 | DE TRES TAZAS |
672 | 672.2 | DE DOS TAZAS |
672 | 672.3 | DE UNA TAZA |
673 | SERVICIOS EN CAFÉS Y BARES, CON Y SIN COMIDA | |
673 | 673.1 | DE CATEGORÍA ESPECIAL |
673 | 673.2 | OTROS CAFÉS Y BARES |
674 | SERVICIOS ESPECIALES DE RESTAURANTE, CAFETERÍA Y CAFÉ-BAR | |
674 | 674.1 | SERVICIO EN VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA |
674 | 674.2 | SERVICIO EN FERROCARRILES DE CUALQUIER CLASE |
674 | 674.3 | SERVICIO EN BARCOS |
674 | 674.4 | SERVICIO EN AERONAVES |
674 | 674.5 | SERVICIOS QUE SE PRESTEN EN SOCIEDADES, CÍRCULOS, CASINOS, CLUBES Y ESTABLECIMIENTOS ANÁLOGOS |
674 | 674.6 | SERVICIOS ESTABLECIDOS EN TEATROS Y DEMÁS ESPECTÁCULOS QUE ÚNICAMENTE PERMANECEN ABIERTOS DURANTE LAS HORAS DEL ESPECTÁCULO, EXCEPTO LOS BAILES Y SIMILARES |
674 | 674.7 | SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN PARQUES O RECINTOS FERIALES CLASIFICADOS EN EL EPÍGRAFE 989.3 DE ESTA SECCIÓN 1ª DE LAS TARIFAS |
675 | SERVICIOS EN QUIOSCOS, CAJONES, BARRACAS U OTROS LOCALES ANÁLOGOS, SITUADOS EN MERCADOS O PLAZAS DE ABASTOS, AL AIRE LIBRE EN LA VÍA PÚBLICA O JARDINES | |
676 | SERVICIOS EN CHOCOLATERÍAS, HELADERÍAS Y HORCHATERÍAS | |
677 | SERVICIOS PRESTADOS POR LOS ESTABLECIMIENTOS CLASIFICADOS EN LOS GRUPOS 671, 672, 673, 681 Y 682 DE LAS AGRUPACIONES 67 Y 68, REALIZADOS FUERA DE DICHOS ESTABLECIMIENTOS. OTROS SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN | |
677 | 677.1 | SERVICIOS PRESTADOS POR LOS ESTABLECIMIENTOS CLASIFICADOS EN LOS GRUPOS 671, 672, 673 Y 682 DE LAS AGRUPACIONES 67 Y 68, REALIZADOS FUERA DE DICHOS ESTABLECIMIENTOS |
677 | 677.9 | OTROS SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN PROPIOS DE LA RESTAURACIÓN |