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6 octubre 2024
12:42 CET
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Prorrogados por 6 meses los contratos de viviendas de alquiler que iban a vencer

cartel alquila Antequera | @Clave_Economica
Cartel de alquiler de vivienda en Antequera
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Etiqueta(s): coronavirus, Vivienda

El último Real Decreto-Ley aprobado por el Gobierno central cuenta con una batería de medidas destinadas a garantizar la vivienda habitual, especialmente a personas que se encuentran en régimen de alquiler. Así queda prorrogados automáticamente por 6 meses todos los contratos de alquiler que iban a vencer en los próximos 3 meses, con el fin también de impedir que ningún inquilino con contrato vigente se le pueda subir el alquiler durante 6 meses.

Se pone en marcha con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) un sistema de microcréditos sin comisiones y a interés 0, para que todas las personas en situación de vulnerabilidad puedan hacer frente al pago del alquiler de su vivienda habitual. Quienes se beneficien de estos préstamos podrán devolverlos en 6 años, ampliables a 10 si tienen dificultades económicas. En este sentido, se simplifica la acreditación de vulnerabilidad, adaptándola a la situación derivada del estado de alarma. Será suficiente con una declaración responsable del beneficiario sobre su situación. Podrán acogerse trabajadores en paro, quienes ha sido afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o los autónomos que también han visto reducidos sus ingresos.

Además, el Estado se hará cargo con fondos públicos de las deudas de todos aquellos inquilinos en situación de vulnerabilidad por la crisis del COVID-19 “que no logren salir de esa situación y finalmente no puedan hacer frente a la devolución de las ayudas públicas para el pago del alquiler que se van a poner en marcha”, según ha explicado el vicepresidente el segundo y ministro de Derechos Sociales, Pablo Iglesias, durante la presentación de las medidas.

Pequeños arrendatarios vs. grandes tenedores
En la nueva normativa, el Gobierno ha querido distinguir entre aquellos arrendatarios cuyas propiedades son ingresos esenciales y los grandes tenedores, como los fondos de inversiones. Así, se establece una moratoria automática en el pago de su renta para las personas cuyo arrendador posea más de 10 inmuebles. La cuota no pagada se devolverá durante un periodo no superior a tres años, sin ningún tipo de penalización ni intereses. De todas formas, como ha explicado Iglesias, “si un inquilino está situación de vulnerabilidad y el casero es un gran tenedor o un fondo de inversiones, este tendrá que elegir entre dos opciones: una quita del 50% de la deuda del inquilino o bien reestructurar esa deuda para que inquilino pueda pagarla durante tres años”.

Por otro lado, si el arrendador no es un gran tenedor de inmuebles, el inquilino, en situación vulnerable, podrá solicitarle un aplazamiento del pago de su renta. Si no hay acuerdo, el inquilino tendrá acceso a un programa de ayudas transitorias a coste cero con el aval del Estado. Desde el Ejecutivo de la nación se asegura que se “garantiza que todos los pequeños propietarios van a percibir íntegramente las rentas de sus viviendas”.

Además, para personas con problemas más permanentes en el pago del alquiler, se establecen ayudas directas sobre vivienda habitual y que podrán sumarse a estas. La cuantía máxima será de 900 euros al mes y será gestionada por las comunidades y ciudades autónomas.

Otras medidas
Igualmente, con el nuevo Real Decreto-Ley aprobado, el plazo de suspensión de la moratoria de hipotecas pasa de 1 a 3 meses; medida que también se ha hecho extensible a autónomos afectados por la crisis del coronavirus.

Asimismo, mientras esté en vigor el estado de alarma por el COVID-19se prohíbe suspender a todos los ciudadanos el suministro de agua, electricidad, gas natural, gases manufacturados y gases licuados de petróleo a consumidores en su vivienda habitual; “aunque esta posibilidad conste en los contratos que los usuarios hayan suscrito”, según ha dado a conocer el Gobierno.

Para facilitar información a la ciudadanía sobre estas medidas, la Administración central ha habilitado varios canales, como el teléfono 913 146 673, operativo de 10:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, y el correo electrónico ciudadano@idae.es.

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