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Información económica
de la comarca de Antequera

19 abril 2024
08:03 CET

Suspendida parte de la actividad comercial tras la declaración del estado de alarma

comercio calle Comedias Antequera
Comercios de la calle Comedias de Antequera
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Desde este domingo queda suspendida buena parte de la actividad comercial, con la prohibición de la apertura al público a locales y establecimientos minoristas en toda la comarca de Antequera y en las zona de Guadalteba y Nororiental de Málaga (Nororma), así como el resto del país, con la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Quedan exentos de esta medida los establecimientos minoristas para la venta de productos de alimentación y para animales de compañía, farmacéuticos, ortopédicos, ópticas, de productos higiénicos, combustibles, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, tintorerías, lavanderías y peluquerías; así como el comercio por Internet, telefónico o por correspondencia.

La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la “estrictamente necesaria” para la adquisición de productos, quedando prohibida el consumo en los mismos establecimientos. Además, se evitarán aglomeraciones y consumidores y empleados intentarán mantener la distancia de seguridad de un metro, a fin de evitar contagios, como ha explicado el presiente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su comparecencia.

Esta medida es menos restrictiva -y más concreta- para algunos sectores, respecto a lo anunciado esta tarde por el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, durante su comparencia tras la activación del ‘nivel 2’ y la puesta en marcha Plan Territorial de Emergencias de Andalucía. Y es que, el Gabinete de Crisis del Gobierno regional ha decidido “ordenar el cierre y de todos los establecimientos comerciales”, con la excepción de aquellos donde se dispense “artículos de primera necesidad” como tiendas de alimentación, gasolineras y farmacias, clínicas sanitarias y veterinarias. Hasta ayer sólo era una recomendación de la Junta.

Donde el Gobierno central y autonómico sí coinciden en la suspensión de la actividad hostelera y de restauración. “Las cafeterías y restaurantes permanecerán cerrados al público, pudiendo prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio”, según ha indicado el jefe del Ejecutivo nacional, que también ha añadido que quedan suspendidas asimismo las verbenas, desfiles y fiestas populares.

Las restricciones también afecta en el ámbito del ocio, entre otro espacios, a los museos. El Ayuntamiento de Antequera ya había decido cerrar al público el MVCA, aunque el Museo Internacional de Arte Belenista de Mollina tiene que adelantar su clausura, prevista a priori del 16 al 30 de marzo.

Transporte y circulación
En el ámbito del transporte, el Gobierno central ha decidido que se mantengan, entre otro, el 100% de los servicios del transporte público por carretera, aunque el 50% en los servicios ferroviarios de media distancia y los servicios regulares de transporte de viajeros por carretera.

A nivel particular, durante la vigencia del estado de alarma los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público para la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; el retorno al lugar de residencia habitual; la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; el desplazamiento a entidades financieras y seguros; o “por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada. Además, en el caso de los vehículos, también se permite la circulación para el repostaje en estaciones de servicios.

La circulación se habrá de hacer de forma individual, salvo en las personas con dificultad de movilidad, para que pueden ser acompañadas”, ha especificado el presidente del Gobierno. Asimismo, se indice que el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, podrá acordar el cierre de carreteras o tramos de ellas o la restricción del tráfico por motivos de salud pública o restringir el acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.

Por su parte, el Gobierno autonómico ha acordado igualmente reducir el horario de transporte público, limitando la capacidad de los autobuses al 50% y el distanciamiento desde el conductor a la primera línea de ocupación, dejando libre las tres primeras filas.

Otras medidas
Sánchez asegura que desde el Gobierno se garantizará el suministro alimentario y el de energía eléctrica, gas natural y derivados del petróleo. “Todas las infraestructuras adoptarán las medidas esenciales para garantizar los servicios que le son propios y esa misma exigencia la aseguraremos para empresas y proveedores que no teniendo la exigencia de críticas son esenciales para garantizar el abastecimiento de la población”, ha incidido.

Igualmente ha dejado claro que cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios, para adoptar las medidas que estime necesarias”, en el marco de las órdenes directas que le pueda dar el Gobierno central.

En este sentido, el Ejecutivo andaluz ha decido decretar un “cierre parcial” de la Administración de la Junta, pero sin paralizar la actividad, que continuará a través de teletrabajo. También ha acordado la declaración de emergencia para la contratación pública y suspender el cómputo de los plazos administrativos en 15 días, “por lo que se declara periodo inhábil” hasta el 30 de marzo. Además, habrá una moratoria de 15 días para caducidades de los vehículos que tienen que pasar la ITV.

“Desde Andalucía consideramos necesario y urgente que se establezca un liderazgo claro de esta crisis a nivel nacional, con un mando único y plena coordinación entre las administraciones. Apelo a la generosidad y a la altura de miras por parte de todos los territorios”, ha subrayado Moreno en su intervención.

El estado de alarma declarado por el Gobierno debido a la crisis sanitaria del coronavirus se prolongará desde mañana durante 15 días, que se podrán prorrogar por con la autorización del Congreso, como establece el artículo 116 de la Constitución Española.

Regimen sancionador

Tal y como se establece artículo 20 del Real Decreto 463/2020 el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado, tal y como prevé el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981 que regula los estados de alarma, excepción y sitio: es decir, «con arreglo a lo dispuesto en las leyes».

Entre esas normas estarían la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015 que, por ejemplo, en su artículo el 36.6, que habla de «la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones» o el 37.3, que contempla «el incumplimiento de las restricciones de circulación peatonal».

También el Código Penal, en su artículo 556 establece que «serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Igualmente Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de multa de uno a tres meses.

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