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de la comarca de Antequera

29 marzo 2024
09:30 CET

Abierta una nueva convocatoria de ayudas provinciales a la contratación de desempleados

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Etiqueta(s): Empleo, subvenciones

La Diputación de Málaga ha abierto una segunda convocatoria para la concesión de ayudas destinadas tanto a empresas como autónomos, dentro del programa de apoyo a la contratación de personas desempleadas para paliar las consecuencias económicas originadas a raíz de la crisis de la Covid-19. 

Esta nueva convocatoria finaliza el 31 de octubre o cuando se agoten los 250.000 euros presupuestados para estas subvenciones que se concederán en régimen de concurrencia no competitiva; es decir, se concede en orden de llegada, entre quienes cumplan con los requisitos.

Entre ellos están que los solicitantes no pueden haber sido condenados por sentencia judicial firme o sancionada por la autoridad laboral competente por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales o por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias dos años antes. Tampoco haber sido condenados por despido improcedente o nulo en el año anterior.

Respecto lo exigido para la contratación, además de ser a personas desempleadas, no pueden sustituir a trabajadores contratados en los 3 meses anteriores en la empresa bajo la misma modalidad contractual, para ocupar el mismo puesto de trabajo, salvo que aquellas relaciones laborales se hubiesen extinguido por alcanzar la duración máxima prevista en la legislación laboral aplicable o por la autorización de ERE o despido procedente por causas objetivas motivado por el cierre de actividad a consecuencia de la Covid-19. Igualmente, la persona contratada no puede tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive del empresario autónomo, profesional o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación de las empresas que revistan forma jurídica de sociedad mercantil, según se establece en las bases, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 15 de abril.

Con estas subvenciones se pueden formalizar contratos indefinidos o temporales, quedando excluidos los contratos para la formación y aprendizaje y en prácticas. En el caso de que sea un contrato indefinido, deberán tener una duración ininterrumpida dos años a contar desde el alta en la Seguridad Social. En el caso de contratos temporales, por el periodo inicialmente concertado en el contrato, con una duración mínima exigida de 6 meses y máxima de 12, a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social.

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