La Junta Electoral Provincial ha declarado nulo por mayoría el acuerdo adoptado por el vocal que el pasado 8 de abril declaraba la suspensión cautelar del pleno extraordinario del Ayuntamiento de Antequera para la celebración del debate del estado de la ciudad, tras una consulta del Grupo Municipal Socialista.
En su argumentación, el organismo considera que al escrito remitido por correo electrónico por parte del PSOE no se puede aplicar el último párrafo del artículo 20 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG) . “No para supuestos como el presente,en que se trata de una denuncia en la cual se solicita la suspensión cautelar del Pleno convocado”, inciden en su escrito.
Igualmente, en el acuerdo -sobre el que no cabe recurso- también se recuerda que hay resoluciones de la Junta Electoral Central que versan sobre la imposibilidad de suspender de forma cautelar o previamente a que se produzca la infracción.
“Para el PSOE ya no es tema de interés el pleno”, ha publicado el Partido Popular de Antequera en sus cuentas de redes sociales, respecto a una medida que en su día los socialistas tomaron por que consideraban que el pleno se había convocado con “fines electoralistas”.
Por su puesto, no lo veían así desde el PP, que reclamó la suspensión cautelar inmediatamente, ya que consideraban que la decisión del vocal era nula “de pleno derecho”, tal y como ha ratificado la Junta Electoral Provincial con este acuerdo.