Encarnación Páez Alba, abogada especializada en Derecho Administrativo.
La crisis del Covid-19, que se mueve en el binomio salud pública versus economía, ha evidenciado que las pequeñas y medianas empresas (pymes) representan el verdadero sostén de la economía española.
Uno de los sectores más castigados, aparte todo lo relacionado con el turismo, pilar económico de nuestro país -coloso con los pies de barro tal y como se ha visto en esta circunstancia excepcional- ha sido el pequeño comercio no alimentario y de artículos de primera necesidad.
Para minimizar los efectos de esta pandemia económica y para promover la transformación digital del pequeño comercio y la artesanía, la modernización y expansión del negocio y el relevo generacional, la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad ha publicado una orden de subvenciones muy interesante. Tengo que confesar que, tras veinte años de experiencia en la administración pública, es una de las convocatorias más completas y más beneficiosas que he conocido.
Se establece con carácter general que el pago de las subvenciones se adelantará íntegramente cuando el importe concedido sea igual o inferior a 6.000 euros. Para las ayudas que superen esa cantidad, con un máximo de 42.000 euros, el abono anticipado será del 50%, liquidándose el otro 50% una vez que el destinatario haya justificado la realización del proyecto subvencionado y el gasto realizado.
En ese paquete de actuaciones se sufragará la implantación de todo tipo de soluciones digitales, entre las que destacan las terminales de punto de venta (TPV), los sistemas de contadores de personas, la cartelería digital o cualquier otra que permita a estas pymes ordenar el proceso de compra en el espacio físico del establecimiento.
A estas medidas se suman otras como la incorporación del comercio electrónico en sus actividades y la financiación del equipamiento de protección necesario en el establecimiento físico destinado a trabajadores y consumidores. Entre esa dotación de seguridad para evitar la propagación del Covid-19 se incluyen mamparas protectoras, dispositivos de turnos o sistemas de conteos de personas, barreras portátiles o dispensadores de productos antisépticos.
Las empresas podrán recibir subvenciones con un importe máximo que oscila, según la modalidad, entre los 6.000 y los 42.000 euros, dependiendo de las modalidades. Además, la orden permite que una misma empresa pueda concurrir a las cuatro tipologías de incentivos existentes.
En todos los casos, la inversión mínima exigida al solicitante será de 1.500 euros, salvo en las iniciativas de expansión de la actividad, que se requiere de un desembolso mínimo de 3.000 euros. En la última modalidad, la relativa al relevo generacional, no se establecen mínimos de inversión.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las pymes y autónomos que desarrollen su actividad comercial o artesana en Andalucía, y en el caso de que su servicio sea ‘online’, tendrán que demostrar que generan actividad económica en la comunidad.
Las ayudas se convocarán en régimen de concurrencia competitiva, salvo en la categoría de relevo generacional, que será convocatoria abierta no competitiva.
Estamos a la espera de la convocatoria específica en la que se recojan los plazos correspondientes, aunque sta no es la única opción. Permanecen abiertas las convocatorias de la Agencia IDEA para la mejora de la competitividad, proyectos altamente generadores de empleo y para la transformación digital de pymes. Y, en breve, se abrirán las nuevas convocatorias de los Fondos LEADER de los Grupos de Desarrollo. Si vas a invertir, te asesoramos sin compromiso.