banner Ayto para web Clave

Información económica
de la comarca de Antequera

20 abril 2024
08:26 CET

8 municipios de la comarca ya pueden beneficiarse de ventajas fiscales por riesgo de despoblación

cartel se vende
cartel se vende
SedeElectrónica_ClaveEcon 1130x270
SedeElectrónica_ClaveEcon 1130x270
Etiqueta(s): impuestos

Los residentes de hasta ocho municipios de la comarca de Antequera ya se pueden beneficiar de las ventajas fiscales que contempla la Ley de Tributos Cedidos de Andalucía para combatir los problemas de despoblación en Andalucía: Almargen, Ardales, Cañete la Real, Carratraca, Cuevas Bajas, Cuevas del Becerro, Fuente de Piedra, Villanueva de Tapia.

Así, los vecinos de estas localidades pueden aplicarse en la adquisición de una vivienda en el término municipal un tipo reducido del 3,5% en el pago de la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), siempre que se destine a vivienda habitual y el valor del inmueble no sea superior a 150.000 euros.

Por ejemplo, en la compra de una casa 140.000 euros, en estos municipios de la comarca de Antequera ahora se pagaría 4.900 euros al aplicarse el tipo reducido, mientras que si se hubiese adquirido el inmueble en 2019 se hubiera pagado un tipo general del 8%, ascendiendo el tributo a los 11.200 euros. Es decir, que con la nueva norma –publicada ayer en el BOJA– hay un ahorro actual de 6.300 euros.

Otros colectivos beneficiarios

Como recuerdan desde la Consejería de Hacienda, si bien la entrada en vigor del conjunto de la Ley de Tributos Cedidos está prevista a partir del 1 de enero de 2022, se ha querido adelantar la aplicación de los artículos 41 y 49, correspondientes a los tipos generales, y de los artículos 43 y 50, relativos a los tipos reducidos del ITPAJD que persiguen promover una política social de vivienda, facilitando la aplicación inmediata de estos beneficios fiscales a los nuevos colectivos contemplados en la ley: habitantes de municipios con problemas de despoblación, víctimas de terrorismo y víctimas de violencia doméstica. También a los colectivos que ya se beneficiaban, pero que amplían el número de potenciales beneficiarios: jóvenes menores de 35 años, miembros de familias numerosas, personas con discapacidad, y al resto de contribuyentes que adquieran su vivienda habitual, al elevar los precios máximos de adquisición de la vivienda habitual exigidos por la norma.

En este sentido, también ya, sin esperar a 2022, pueden aplicarse tipos reducidos en ITPAJD en diversos supuestos para viviendas habituales, tanto en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del impuesto, como en los Actos Jurídicos Documentados. 

En el primer caso, se aplica un tipo general del 6% para viviendas que no superen los 150.000 euros; porcentaje que baja del 3,5% en los casos de menores de 35 años, víctimas de violencia doméstica o víctimas del terrorismo o personas afectadas. También se aplicará este último porcentaje en la compra de viviendas habituales por personas con discapacidad o familias numerosas cuando el valor del inmueble no sea superior a 250.000 euros.

En la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, se aplicará el tipo del 1% siempre que el inmueble se destine a vivienda habitual y que el valor de la misma no sea superior a 150.000 euros. Y ese porcentaje bará al 0,3% en los casos de menores de 35 años, víctimas de violencia doméstica o víctimas del terrorismo o personas afectadas. Por su parte, se aplicará el tipo del 0,1% en los casos de personas con discapacidad o familia numerosa cuando el inmueble no tenga un valor superior a los 250.000 euros.

Cartel Feria del Perro 2024
Cartel Feria del Perro 2024
Comparte el artículo:
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Últimas Noticias