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26 abril 2024
09:28 CET

Almargen busca titular del Juzgado de Paz

Ayuntamiento de Almargen
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Etiqueta(s): Administración, Empleo

Transcurrido el mandato de cuatro años de la persona que ocupaba el cargo de juez de paz de Almargen, el Ayuntamiento ha abierto un nuevo proceso para la elección de una persona titular y la sustituta para esta localidad.

Para ser nombrado juez de paz no es necesario formar parte de la carrera judicial, ni siquiera tener la titulación universitaria de Derecho o estudios relativos a las Administraciones Públicas. De hecho, el reglamento que regula esta figura determina que se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es decir, “están incapacitados para el ingreso en la Carrera Judicial, los impedidos física o psíquicamente para la función judicial; los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles”.

Lo que sí establece el mismo reglamento es que los jueces de paz no puede pertenecer a partidos políticos o sindicatos, o tener empleo al servicio de los mismos. De hecho sólo pueden participar en Elecciones Generales, Autonómicas o Locales para ejercer su voto.

Entre las competencias que asume la persona que sea designada como titular del Juzgado de Paz de Almargen están actos de conciliación; labores de cooperación y auxilio judicial; llevar los libros, expedientes y celebración de matrimonio civil, inscripciones de nacimiento y defunción, notas marginales, incapacidades, expedición de certificaciones; y conocer en primera instancia, fallo y ejecución de los asuntos de cuantía no superior a 90 euros, que por su materia no les corresponda a los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción; actos de conciliación. Además, en materia penal, le corresponde a los Juzgados de Paz el conocimiento y fallo en primera instancia de determinados juicios de faltas, así como de actuaciones de prevención, por delegación y otras que señalen las leyes.

Hasta el 16 de abril hay de plazo para presentar al Ayuntamiento de Almargen la solicitud para optar a este cargo. “En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido”, como ha comunicado el Consistorio y se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia esta semana, y recogido en la sede electrónica municipal.

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