El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado un decreto por el que se regulan las competencias de las 36 entidades locales autónomas (ELA) de Andalucía; entre ellas Bobadilla Estación, en el término municipal de Antequera. Esta norma desarrolla el nuevo régimen jurídico de este tipo de localidades y les atribuye mayor margen de actuación para el ejercicio de sus competencias propias sobre autoorganización, reglamentaria, tributaria y financiera, sancionadora; además de la posibilidad de recibir subvenciones directas sin pasar por el Ayuntamiento matriz.
La nueva legislación otorga a Bobadilla Estación competencias para regular el territorio vecinal y establecer elementos identificativos de sus límites, además de prever que puedan gestionar la parte del padrón municipal que les corresponda, previa delegación del Ayuntamiento de Antequera y bajo su coordinación.
Igualmente, desarrolla las competencias transferidas y las delegadas recogidas en la Ley Autonomía Local de Andalucía (LAULA), equipara las funciones de la presidenta de la ELA, Diana Ramos, a las que tiene el alcalde Manolo Barón y y las de la Junta Vecina a las del Pleno del Ayuntamiento de Antequera. En cuanto a su personal, se diferencia entre propio, funcionario o laboral y se regulan las funciones de Secretaría, Intervención y Tesorería.
Respecto al régimen patrimonial, la norma distingue entre los de titularidad de las ELA de aquellos sobre los que asume únicamente su posesión. Y en cuanto a su régimen de financiación, recoge la obligación de los municipios de justificar ante la Junta que realizan las transferencias correspondientes a su participación en los tributos municipales y las proporcionales a las que le hayan efectuado el Estado, la comunidad autónoma o la provincia.
Línea de subvenciones paras las ELA
Por otra parte, la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local ha dispuesto una partida presupuestaria de 2,5 millones de euros destinada exclusivamente a las ELA, para ayudarles a sufragar los servicios que deben prestar a su población tales como la conservación y reparación de las vías urbanas, el alumbrado público o el alcantarillado, la limpieza viaria, los servicios funerarios, el abastecimiento de agua, la recogida de residuos o el control de alimentos.