Desde este miércoles está abierta la convocatoria del Ayuntamiento de Cuevas Bajas para la elección de las personas que ocuparán los puestos de juez de paz titular y sustituto.
Para poder optar a estos puestos, los aspirantes deben de poseer nacionalidad española, ser mayores de edad, no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es decir, “impedidos física o psíquicamente para la función judicial; los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles”.

Entre las incompatibilidades de un Juez de Paz también están pertenecer a un partido político o sindicato, o estar al servicio activo en los mismos, así como la intervención directa o intervención económica en empresas mercantiles o sociedades, el asesoramiento jurídico de todo tipo y las actividades docentes o de investigación jurídica que puedan menoscabar su imparcialidad o independencia.
El plazo para la presentación de solicitudes, cuyo modelo facilitará el Ayuntamiento de Cuevas Bajas, concluye el próximo 23 de septiembre. Deben presentarse en el Registro de entrada del Consistorio o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas