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Información económica
de la comarca de Antequera

29 abril 2024
09:15 CET

Las ayudas de la Junta a pymes y autónomos por el sobrecoste energético, hasta el 30 de septiembre

Operario trabajando con maquinaria para cortar madera
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Etiqueta(s): autonómos, Energía, pymes

El inicio de la guerra en Ucrania en la primavera del pasado año provocó que el precio de los carburantes, el gas y de la electricidad se disparasen. Y para compensar ese sobrecoste energético a pymes y autónomos, la Junta de Andalucía ha puesto en marcha una línea de subvenciones, que se pueden solicitar hasta el 30 de septiembre.

Los beneficiarios recibirán una ayuda, a partir de 300 euros, para compensar los consumos efectuados entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2022, cuando el importe de la facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios haya sido igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad.

“Una vez verificada la condición de especialmente afectada de la pyme o persona trabajadora autónoma solicitante, el cálculo de la misma se basará en el consumo de gas natural y/o electricidad adquirido a proveedores externos y abonado por el solicitante, para lo cual éste deberá ser necesariamente titular de los contratos en el período objeto de la subvención”, explican desde la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo sobre una línea de ayudas dotada con 525 millones de euros, procedentes de Fondos Europeos, e incluida en el Pacto Social y Económico firmado con los principales agentes económicos y sociales de Andalucía.

En concreto, para el cálculo se tendrá en cuenta el denominado “precio de referencia”: el coste medio por KW/h (kilovatio hora) de 2021 y su comparación con el soportado en el periodo subvencionable, siendo el importe de la subvención concedida la diferencia que existe entre ambos costes. “En el caso de que la persona trabajadora autónoma tenga su lugar de trabajo en su vivienda habitual, sólo podrá ser beneficiaria de la ayuda cuando estén debidamente diferenciadas con contadores independientes del de la vivienda, ya que no serán subvencionables los consumos energéticos domésticos”, aclara la Consejería.

Dado que la Junta tiene establecido con las comercializadoras energéticas un acuerdo de colaboración por el que éstas suministran a la administración los ficheros de datos de facturación de sus clientes -cumpliendo las normativas pertinentes de protección de datos-,  los solicitantes no tienen que adjuntar ninguna documentación para el cálculo de la ayuda. “Tampoco será necesario que los beneficiarios justifiquen posteriormente la subvención, puesto que la ayuda se concede para financiar costes efectivos ya soportados y, por tanto, se habrá comprobado de oficio que esos importes han sido ya afrontados”, recuerda la Administración.

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