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29 marzo 2024
07:46 CET

Vacante de juez de paz sustituto en Campillos

Juzgado Paz Campillos
Juzgado de Paz de Campillos
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Etiqueta(s): Empleo

El Ayuntamiento de Campillos tiene abierto en la actualidad el proceso de presentación de solicitudes para el cargo de juez de paz sustituto de la localidad. Hasta el próximo 18 de mayo se pueden presentar en el Registro General del Consistorio el modelo de instancia, que se puede recoger en la Secretaria General.

Pueden ocupar el cargo de juez de paz sustituto de Campillos las personas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de Jueces de Paz: ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es decir, “están incapacitados para el ingreso en la Carrera Judicial, los impedidos física o psíquicamente para la función judicial; los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles”.

También establece el mismo reglamento es que los jueces de paz no puede pertenecer a partidos políticos o sindicatos, o tener empleo al servicio de los mismos. De hecho sólo pueden participar en Elecciones Generales, Autonómicas o Locales para ejercer su voto. 

Sin embargo, para poder ser nombrado juez de paz o sustituto, como la actual vacante de Campillos, no es necesario formar parte de la carrera judicial, ni siquiera tener la titulación universitaria de Derecho o estudios relativos de las Administraciones públicas.

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