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Información económica
de la comarca de Antequera

24 abril 2024
13:58 CET

Entra en vigor la ley de ahorro energético: luces de escaparates apagadas a las 22:00 horas

comercio de la calle Lucena de Antequera
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Desde este miércoles, la iluminación de los escaparates de establecimientos comerciales de la comarca de Antequera, al igual que los del conjunto del país, deberán estar apagadas desde las 22:00 horas. Esta es una de las medidas impuestas por el Real Decreto-Ley sobre ahorro energético aprobado recientemente por el Gobierno central, cuya vigencia se extenderá, según la norma, hasta el 1 de noviembre de 2023.

Otras de las medidas que afecta a establecimientos comerciales es contar con un cierre automático de puertas para evitar la pérdida energética, ya que la norma exige disponer de este sistema a edificios y locales con acceso directo desde la calle. Eso sí, no será obligatorio hasta el 2 de septiembre. Asimismo, en recintos habitables acondicionados, a partir del 30 de agosto, deberá haber carteles informativos o contar con el uso de pantallas, para conocer la normativa para contribuir al ahorro energético e información sobre temperatura y humedad.

Además de comercios también son aplicables estas medidas a lugares como centros de congresos o salas de exposiciones, cines, teatros, auditorios o recintos que acojan espectáculos públicos y actividades recreativas; a los hay que sumar edificios administrativos, donde desde las 22:00 horas también deberá apagarse su alumbrado cuando se encuentre desocupados.

Flexibilización en las temperaturas 

El Plan de choque de ahorro energético recogido en el Real Decreto-Ley contempla también la limitación de las temperaturas de los sistemas de climatización. Así, en el caso de que estén en modo calefacción, no deberá ser superior a los 19 grados, mientras que los sistemas de refrigeración no podrán estar a menos de 27 grados.

En los últimos días, en el Gobierno central han querido matizar que hay flexibilidad a la hora de aplicar las normas de ahorro energético, teniendo en cuenta excepciones en función de las condiciones laborales y la necesidades del sector. Así, por ejemplo, la limitación de dicha temperatura para la refrigeración del inmueble será obligatoria en oficinas y centros donde se haga un trabajo sedentario, mientras que espacios en los que se realice un “trabajo ligero”, como bares y restaurantes, sí se permitirá rebajar el termostato del sistema hasta los 25 grados. En todo caso, según apuntó recientemente la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, “habrá que justificar qué locales pueden tener una temperatura diferente”.

Estos límites de temperatura han sido uno de los aspectos más polémicos de la norma. De hecho, para el alcalde de Antequera, Manolo Barón, son medidas demagógicas. Sin embargo, realmente apenas supone una variación respecto a la normativa existente hasta el momento. Y es que, el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, ya preveía la obligación en edificios y locales de uso administrativo incluidas las administraciones públicas, establecimientos comerciales como grandes almacenes o centros comerciales, espacios culturales como cines o centros de congresos, o infraestructuras destinadas al transporte de personas como estaciones y aeropuertos, prevé que no pueda utilizarse energía convencional para calefactar por encima de los 21 grados ni refrigerar por debajo de los 26 grados.

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