El Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos ha sido condenado por el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Málaga a pagar las costas del proceso judicial celebrado tras la denuncia del Grupo Municipal Socialista por vulneración del derecho de información de los miembros de la Corporación, ante la petición de la edil Carmen Molero sobre determinados expedientes, cara al pleno que se iba a celebrar el pasado 9 enero.
En la sentencia se detalla que la concejala presentó dos días antes un escrito solicitando el acceso a determinados expedientes para preparar la sesión en la cámara local. Sin embargo, al no recibirse dicha información antes del pleno el PSOE denunció la situación.
“Esta sentencia pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos, gobernado por el PP, es poco transparente. No es de recibo que tengamos que acudir a los tribunales para que el alcalde nos facilite en tiempo la información que por ley nos tiene que dar”, ha expresado este jueves en un comunicado Molero, lamentando que el primer edil cuevacho “impida que desde la oposición podamos hacer nuestro trabajo de control y fiscalización del Gobierno municipal”.
El Consistorio va a recurrir la sentencia al Tribunal Superior de Andalucía (TSJA) al entender que la Justicia resuelve a favor de la concejala socialista, como si se hubiera denegado el acceso a la información, cuando sí se llegó a dar acceso a la misma tras la sesión plenaria, debido a la elevada cantidad de documentación solicitada. Asimismo, a esta situación derivada del volumen informativo, hay que añadir la premura con la que se pidieron los expedientes.
“La información fue solicitada por el Grupo Socialista el día 7 de enero a las 20:55 de la noche, cuando recuerdo que, aún disponiendo este alcalde de cinco días para contestar, se le trasladó que se le estaba preparando la documentación”, ha manifestado el alcalde de Cuevas de San Marcos, José María Molina, haciendo alusión al punto 2 del artículo 14 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).
Aunque el artículo 15 del ROF indica que los servicios administrativos locales están obligados a facilitar la información, sin necesidad de que los miembros de la Corporación acrediten estar autorizados, en casos, por ejemplo, de asuntos tratados por los órganos colegiados de los que formen parte, como pueda ser un pleno municipal; desde la representación legal del Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos también se recuerda que la documentación no era necesaria para analizar los puntos del pleno, pues venía referida a un punto que se llama “dación de cuenta de decretos” en el que se informa a todos los concejales de todos los decretos dictados en los últimos tres meses, “y todo lo que solicitó el PSOE venía referido a estos decretos”.
Dada la cantidad de información solicitada, desde el Gobierno municipal no comprenden por qué el Grupo Socialista apuró tanto para solicitar los expedientes que requerían, máxime si se quiere estudiar con detenimiento. Las Comisiones Informativas se celebraron el 13 de diciembre de 2024, mientras que la sesión plenaria se convocó el 31 de diciembre. Con lo que la edil del PSOE podía haber pedido la información incluso los días 2 ó 3 de enero, por ejemplo; aunque finalmente lo hizo a unas 44 horas antes de la celebración del pleno. De hecho, para la representación legal del Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos, ésta es una cuestión que no ha sido tenido en cuenta por el juzgado, “cuando ya no daba tiempo a prepararla para la celebración del pleno”.
“Solicitar a un día y medio tal cantidad de información… Hay una clara intención de, o bien presentar lo que se ha presentado y decir que no se ha querido dar la documentación, o de entorpecer el normal funcionamiento de este Ayuntamiento, que recordamos es un municipio pequeño. No entendemos esta política que se está haciendo por parte del PSOE. Este alcalde nunca se niega a dar documentación”, ha asegurado Molina.