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14 septiembre 2024
03:58 CET
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La nueva convocatoria de ayudas para promover la conciliación en los autónomos, hasta el 15 de septiembre

Mecánico autónomo
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Etiqueta(s): autónomos, subvenciones

Hasta el 15 de septiembre está abierta la nueva convocatoria de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía de dos líneas de subvenciones destinadas exclusivamente a trabajadores autónomos para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

600.000 euros destina la Administración autonómica a estas ayudas que deben solicitarse de forma telemática rellenando los formularios disponibles en el catálogo de procedimientos y servicios de la web de la Consejería.

Cuidado de menores de tres años

Por un lado, la línea 4 de esta convocatoria incentiva con 6.000 euros a las personas autónomas con hijos menores de 3 años a su cargo para que contraten a personas en desempleo durante 12 meses, o la parte proporcional que corresponda como máximo hasta que el hijo o hija cumpla 3 años, para que trabajen en su actividad económica. O también para la contratación de un profesional que cuide de los hijos, ya sea por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente. 

Esta contratación podrá ser bajo cualquier modalidad, pudiendo ser a jornada completa o tiempo parcial, pero no inferior a 20 horas semanales. Eso sí, también deberá suponer un incremento de plantilla contratada con carácter indefinido respecto al mes natural anterior. 

La cuantía de la subvención se adaptará proporcionalmente a la jornada en los casos en los que la contratación sea a tiempo parcial, pero también pueden elevarse hasta los 7.200 euros en los casos en los que la persona desempleada contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad superior al 33% o víctimas de violencia de género o terrorismo.

Personal de sustitución para autónomas

Por su parte, la línea 5 de la convocatoria está dirigida a facilitar a las trabajadoras autónomas su sustitución en sus negocios en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.

La cuantía subvencionable para el contrato de interinidad, en los supuestos de riesgo durante el embarazo, a jornada completa, por un periodo máximo de ocho meses, es de hasta 3.200 euros. En cuanto a los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, se contempla un incentivo a la contratación a jornada completa de 1.700 euros por un periodo de 16 semanas, y de 1.900 euros por un periodo de 18 semanas para aquellos supuestos que contemple la Ley General de la Seguridad Social en relación con el Estatuto de los Trabajadores.
Además cuantías se pueden incrementar en un 50% en los mismos supuestos de la línea 4: que la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad igual o superior al 33% o víctima de violencia de género o terrorismo. Asimismo, las cuantías se adaptarán proporcionalmente a la jornada resultante cuando el contrato sea a tiempo parcial, siendo la duración mínima de 20 horas semanales.

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