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Información económica
de la comarca de Antequera

29 marzo 2024
00:28 CET

ACIA recomienda en Antequera un horario continuo matinal o vespertino de 16 a 18 horas

Comercio David Morán calle Duranes Antequera
Comercio David Morán, sito en la calle Duranes de Antequera
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Etiqueta(s): ACIA, Comercio

Ante la limitación establecida por la Junta de Andalucía desde esta medianoche de tener que cerrar a las 18:00 horas en toda actividad “no esencial”, la ACIA (Asociación de Comercio, Empresas e Industria de Antequera y Centro Comercial Abierto)  sugiere a los comerciantes varias opciones de horarios.

De un lado, una apertura continuada desde las 8:00 hasta 15:00 horas, como se hace el Mercado de Abastos de Antequera, o de 10:00 a 18:00 horas.

Otra opciones planteadas son adelantar la apertura matinal a las 9:00 o 9:30, en el caso de que aún no lo hagan y/o prolongarlo hasta las 14:00 horas, y hacer un horario de tarde de 16:00 a 18:00 horas.

Igualmente, desde ACIA se insta a sus asociados que informen a la entidad de cuáles van a ser sus horarios para darles publicidad y reforzar así que la ciudadanía conozca cuál es la franja de apertura elegida.  Dicha petición también se extiende a aquellos establecimientos hosteleros pertenecientes a ACIA que ofrezcan servicio a domicilio y que podrán extender su horario hasta las 22:00 horas, momento en el que se inicia el ‘toque de queda’.

Son varios los comercios de Antequera y socios de ACIA los que van a optar por los horarios planteados, aunque otros establecimientos han decido sólo abrir por las mañanas.

Apoyo a las medidas

La ACIA también quiere manifestar su apoyo a estas medidas de contención del coronavirus en Andalucía, “que son necesarias para el bien de toda la ciudadanía”. 

Como recuerdan desde esta entidad antequerana, sólo las actividades esenciales establecidas por la Junta podrán prolongar su horario de apertura hasta las 10 de la noche. Entre ellas, el comercio minorista de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; establecimientos sanitarios, ópticas y farmacias; lis servicios profesionales y empleados del hogar; los servicios sociales y sociosanitarios; las clínicas veterinarias; gasolineras e ITV; los servicios de entrega a domicilio, los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto.

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